Según anuncio publicado en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), el citado Decreto que hoy, 11 de agosto de 2010, entra en vigor, regula determinados aspectos de la gestión y administración de las Reservas de la Biosfera del Archipiélago, que en Canarias abarca parte de la isla de Gran Canaria, la cual obtuvo esta designación en 2005, y la totalidad de cuatro islas: La Palma (1983), Lanzarote (1993), El Hierro (2000) y Fuerteventura (2009), si bien, en la actualidad, también se tramita la presentación de la candidatura ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) para la isla de La Gomera.
Las Reservas de la Biosfera están asociadas a la triple finalidad de conservación de espacios y recursos, desarrollo económico y humano sostenible, y finalmente, apoyo logístico en materia de educación, investigación y capacitación sobre medio ambiente y desarrollo sostenible.
La Red Canaria de Reservas de la Biosfera surge ante la necesidad de configurar una red regional, en cuanto sistema coherente, que refuerce el vínculo existente entre las distintas Reservas de la Biosfera de la Comunidad autónoma, tanto las actualmente declaradas como las que puedan serlo en el futuro, contribuyendo a mejorar el desarrollo y la cooperación entre ellas para lograr maximizar la consecución de sus objetivos.
Esta Red, entendida como modo de innovación, de aporte de nuevas ideas y proyectos, de aprovechamiento de sinergias en los distintos ámbitos competenciales y cooperación para la promoción de proyectos de interés mutuo, actúa como un vector de utilidad pública para la promoción y mejora permanente de las estrategia de sostenibilidad en el conjunto de áreas declaradas Reservas de la Biosfera por la UNESCO.
Consejo de Coordinación.
Además, con el fin de canalizar las respuestas a las mencionadas necesidades de la Red regional, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias, a través del Decreto mencionado, crea un marco organizativo mínimo y común: el Consejo de Coordinación de la Red Canaria de las Reservas de las Biosfera para asumir la fundamental tarea de garantizar la coordinación entre las distintas Reservas de la Biosfera y entre éstas y las administraciones públicas.
Este Consejo de Coordinación, como órgano colegiado de asesoramiento, así como de coordinación y de representación de las Reservas de las Biosfera, es el responsable de impulsar y propiciar el funcionamiento de las Reservas canarias orientado al desarrollo sostenible y respeto a los valores medioambientales y socioculturales. Este órgano, que estará adscrito a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias y que contará con el apoyo administrativo de la Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático, se regirá, en cuanto a su organización, funcionamiento y atribuciones, por su propio reglamento, aprobado mediante el decreto del Gobierno autonómico.
Entre sus funciones le corresponden la representación de las Reservas de la Biosfera, la coordinación de gestión, la realización de propuestas, informar y proponer la declaración de nuevas reservas o modificación de las existentes, promover la investigación, conocimiento y valores sobre las reservas, así como el intercambio de información de entidades u órganos de gestión de las mismas, e impulsar la ejecución de proyectos.
Respecto a la composición del mismo, este Consejo estará formado por miembros de la administración autonómica, municipios, cabildos y representantes de cada una de las Reservas de la Biosfera, y su presidencia la ejercerá siempre quien sea titular de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias, que a tal efecto ostentará la representación del órgano y la responsabilidad de velar por el cumplimiento de los acuerdos del Consejo. La Vicepresidencia del Consejo se ejercerá por quien ostente la dirección de la Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático. El Consejo además se reunirá en sesiones ordinarias de carácter semestral, pudiéndose celebrar reuniones de carácter extraordinario.